Los derechos y deberes del y de la munícipe son:
1º. Elegir y ser elegible de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución, la Ley Electoral y esta ley.
2º. Hacer uso de los servicios públicos municipales en las condiciones establecidas en las ordenanzas y reglamentos municipales.
3º. Exigir que las competencias propias, coordinadas y/o delegadas sean prestadas con eficiencia, eficacia y transparencia ante el ayuntamiento, las instancias de lo contencioso administrativo, instancias de control interno y externo de la administración pública.
4º. Participar en la gestión municipal de acuerdo con lo dispuesto en las leyes y reglamentos.
5º. Consultar los archivos y registros de los ayuntamientos, así como obtener copias y certificaciones de los documentos de dominio público municipal, conforme lo establecido en la Ley de Libre Acceso a la Información Pública.
6º. Desarrollar y formar asociaciones destinadas a la defensa de los intereses colectivos de ámbito comunitario.
7º. Reclamar ante los órganos de gobierno municipal contra los actos u omisiones de éstos que les perjudiquen individual o colectiva mente.-10-
8º. Cumplir con las ordenanzas y disposiciones municipales, con sus obligaciones tributarias y denunciar los hechos y actos que lesionen el patrimonio municipal.
9º. Todos aquellos otros derechos y deberes previstos en la Constitución y las leyes.